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Home office: La reforma de la ley del teletrabajo está vigente

No cabe duda de que el home office trae muchas ventajas tanto para las empresas como para los trabajadores y, debido a su reciente implantación masiva en muchas organizaciones, el Congreso de la Unión decretó una reforma para la Ley del Teletrabajo.

La reforma formaliza muchas de las prácticas involucradas en esta modalidad laboral y le proporciona más importancia a esta forma de trabajo. ¿Quieres saber más sobre el nuevo decreto? Entonces, ¡no te pierdas este artículo!

Conoce la nueva Ley del Home Office

El decreto publicado el 11 de enero de 2021 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) reforma el artículo 311 y adiciona el capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo, en lo que se refiere al home office.

A continuación, te mostraremos cuáles son los puntos más importantes que valen la pena destacar sobre la nueva ley.

1. Definición del home office

El decreto define el teletrabajo, o home office, como la modalidad laboral subordinada que consiste en la ejecución de actividades remuneradas, en cualquier lugar que no sea el establecimiento o los establecimientos del patrón, utilizando tecnologías de la información y comunicación para realizar dichas actividades.

Para los términos de la ley se considerará home office, cuando el empleado realice más del 40% de sus obligaciones en su casa o en otra dirección que el trabajador crea conveniente. La práctica esporádica de trabajar desde casa no se considera como home office.

2. Contratos

Las condiciones del home office deben constar en el contrato laboral e incluir, además de los datos de las partes, las características del trabajo y la remuneración; el equipo que se le entrega al trabajador, sus horarios de trabajo, el monto que el empleador pagará por concepto del pago de servicios relacionados con el trabajo remoto, como electricidad e Internet y otras informaciones que se consideren necesarias para evitar divergencias.  

Por otro lado, el contrato colectivo de trabajo entre sindicatos y empresas también debe incluir esta modalidad y deberá hacérsele llegar una copia a cada uno de los teletrabajadores.

3. Obligaciones de los empleadores

Entre las principales obligaciones de los patrones que aborda la ley están las siguientes:

  • Entregar, instalar y encargarse del mantenimiento del equipo necesario para que el teletrabajador realice sus funciones. 
  • Asumir los costos que implica esta modalidad, como los servicios de telecomunicaciones y parte de la electricidad.
  • Implementar servicios que preserven la seguridad de los datos.
  • Respetar el derecho a la desconexión de los trabajadores fuera de su jornada laboral.
  • Inscribir a los teletrabajadores en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
  • Brindarles a los empleados la capacitación y asesoría necesaria para ejercer sus tareas.

4. Obligaciones de los teletrabajadores

Así como los patrones tienen obligaciones, los trabajadores de la modalidad home office también las tienen y son las siguientes:

  • Conservar los equipos y los materiales recibidos para el teletrabajo.
  • Informar oportunamente los costos derivados del home office por los servicios pactados de telecomunicaciones y electricidad.
  • Respetar las disposiciones en lo que se refiere a seguridad y salud.
  • Acceder a la supervisión de sus actividades.
  • Cumplir las políticas para el buen ejercicio de la labor y respetar las normas estipuladas para la protección de datos.

5. Consideraciones generales para el teletrabajo

Además de todo lo mencionado, queremos destacar otros puntos importantes que se derivan de la nueva ley del home office:

  • Los teletrabajadores no pueden tener salarios inferiores a los de los empleados que trabajan en la empresa de forma presencial que realizan funciones equivalentes.
  • El cambio del trabajo presencial al home office debe ser voluntario, salvo en casos de fuerza mayor.
  • El empleado que realizaba trabajo presencial y migró para el home office, tiene el derecho de volver a realizar su labor presencialmente cuando le sea posible.
  • El empleado que practica la modalidad home office tiene el derecho de no contestar llamadas, mensajes o correos electrónicos fuera de su jornada laboral.
  • Los patrones pueden supervisar al trabajador con cámaras y micrófonos sin que esto implique en invasión de privacidad.
  • La Secretaría del Trabajo Federal tiene 18 meses a partir de la publicación del decreto para emitir una Norma Oficial Mexicana (NOM) para regular aspectos de seguridad y salud en esta modalidad.

Como puedes ver, la Ley de home office tiene el objetivo de reglamentar esta modalidad y darle su verdadera importancia, ya que es una práctica que puede beneficiar tanto a las empresas, permitiéndoles ahorrar costos, como a los empleados, una vez que pueden disponer mejor de su tiempo y de sus ingresos, evitando todo lo que implica el desplazamiento hasta el local de trabajo.

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